ACUERDO DE CONVIVENCIA
El Acuerdo de Convivencia institucional expresa los valores que orientan el Proyecto Educativo Institucional y su vigencia en las relaciones cotidianas en el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica Nº 35, Prof. Vicente D´Abramo, acorde con la intención fundamental de promover el desarrollo de personas éticas, con conciencia ciudadana, que desean incorporarse al sistema educativo como docentes de distintos niveles y modalidades y al sistema productivo, como técnicos de la especialidad.
El presente Acuerdo se fundamenta en el artículo 42 de la Resolución 2383/05 “Reglamento Marco para los Institutos de Educación Superior no Universitaria, de Formación Docente, Técnica y Artística” , el artículo 1 de la Resolución 918/01 sobre Consejo Académico institucional y en la ley Nacional 26892/13 que regula la promoción de la convivencia en el ámbito de las instituciones educativas, en concordancia con la norma IRAM/ISO 26000.
Pretende orientar el comportamiento de los actores institucionales, en un marco de valores, regular las relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa, adecuar los estilos de convivencia institucional a los requerimientos de la sociedad actual y plantearse la convivencia como un proyecto flexible y capaz de retroalimentarse creativamente a través del aporte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
Surge del intercambio de propuestas elaboradas a lo largo de varios años por los distintos estamentos que componen la Institución, partiendo de la premisa de que la Comunidad Educativa, con su complejidad siempre creciente, impone la necesidad de organizar coherentemente la interacción de los actores institucionales. Se sostiene que todas las interrelaciones están orientadas a un logro: obtener la formación integral del estudiante y el desarrollo de la comunidad de aprendizaje y producción de conocimiento, creando para ello una convivencia contenedora, no expulsiva, sustentada en el trabajo, la participación y el diálogo.
Se considera que la buena convivencia es natural y se fortalece, en el contexto y circunstancias en que, en un marco de responsabilidad compartida donde el cumplimiento de las normas, tanto por parte de los/las alumnos/as y de los /las profesionales que orientan el aprendizaje, así como de quienes se desempeñan en el ámbito administrativo, de apoyo, y de higiene y mantenimiento, sea una constante. Presupone primordialmente, el respeto, el cuidado mutuo y el del ambiente en que se convive.
Tiene una intención de promoción que pone el acento en la posibilidad de comprender los conflictos en función de la lógica de su funcionamiento en el contexto y en las circunstancias en que se producen. Esto requiere procesos de reflexión e implica crear condiciones para la autocrítica en una dinámica colectiva de análisis sin caer en un funcionamiento culpabilizador.
Se entiende a la Institución formadora como el ámbito para el ejercicio democrático de la libertad a través de la estimulación de la participación personal y reflexiva de todos los actores institucionales en todos y cada uno de los ámbitos que correspondan. Por ello, se considera a la Educación en Derechos Humanos , como parte del derecho a la educación, dado que enseña la importancia de conocer, valorar y respetar los derechos de las personas como una exigencia de su condición de seres humanos y como pautas de convivencia social inclusiva, justa, pacífica y solidaria
El resultado de la labor encarada, depende del grado de compromiso con que cada integrante de la Comunidad Educativa asuma la responsabilidad que le corresponda en función del rol que desempeña, enmarcado en los lineamientos que aquí se exponen.
Se debe considerar el ámbito de aplicación de este Reglamento el espacio del Establecimiento como así también el espacio de las instituciones en las que se realicen practicas de enseñanza, profesionales, de voluntariado, incluyendo cualquier actividad curricular administrada por la Institución fuera del ámbito escolar.
Esta consideración no excluye la preocupación permanente dela Comunidad Educativapor todo aquello que le concierne, aun fuera del ámbito mencionado precedentemente.
En coherencia con lo anterior nuestra institución estimula y fortalece:
– la construcción de una convivencia pacífica y democrática, respetuosa de la vida y las libertades individuales, igualitaria, justa y solidaria para todas las personas
-La igualdad de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres
-La identidad y el compromiso con la comunidad educativa, la institución, la carrera.
-El mejoramiento de si mismo y de la sociedad.
-El espíritu de servicio y compromiso para con la sociedad.
-El fortalecimiento de la solidaridad y de la equidad.
-El reconocimiento de la diversidad, el respeto y la tolerancia.
-El diálogo como forma humana de resolución de conflictos.
-La honestidad personal y académica.
-El cuidado y protección del ambiente.
-La búsqueda constante del conocimiento y de la mejora.
-El respeto por el trabajo.
-El reconocimiento del error como fuente de mejora.
-El cuidado de la higiene y la salud.
ACCIONES DE LOS ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA QUE VULNERAN LA CONVIVENCIA INSITTUCIONAL
– Agredir en forma física, verbal, escrita y/o de cualquier tipo y por cualquier medio de comunicación a cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa.
– Amenazar, calumniar, injuriar o extorsionar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa y por cualquier canal de comunicación.
– Desconocer, ofender o agraviar los símbolos patrios, las personas, hechos históricos y las instituciones democráticas reconocidos en las efemérides nacionales y provinciales.
– Falsificar, deteriorar o sustraer cualquier tipo de documentación.
– Adjudicarse la autoría de ideas, proyectos, trabajos elaborados por otros.
– Provocar intencionalmente o por negligencia, estados de falta de higiene en los espacios de uso común.
– Destruir y/o deteriorar las instalaciones, equipamiento y material de la comunidad educativa, intencionalmente o por negligencia y descuido.
– Ingerir bebidas alcohólicas, consumir drogas ilícitas o cualquier otro tipo de sustancias tóxicas; exhibirlas, promocionar su consumo y/o comercializarlas.
– Fumar en el interior del edificio.
– Promover y/o realizar discriminación religiosa, racial, ideológica, sexual o de cualquier otro tipo.
– Impedir el disenso y la expresión plural.
– Promover desórdenes dentro del Establecimiento que interfieran el normal desarrollo de las actividades académicas.
– Desconocer la autoridad del equipo de dirección.
– Llevar a cabo conductas indecorosas en espacios externos en los que se represente al Instituto.
– Ingresar con todo tipo armas.
– Generar situaciones de acoso, hostigamiento, ridiculización, exhibicionismo o cualquier otra que cause perjuicio a la salud psicológica de cualquier integrante de la comunidad educativa.
DE LAS SANCIONES:
El objeto de una sanción es en primera instancia que permita la reflexión conjunta sobre el comportamiento inadecuado, buscando la modificación de la conducta a partir de la toma de conciencia real de la falta cometida y la asunción de un profundo compromiso por parte del o los involucrados en la situación.
ANTE SITUACIONES SUSCEPTIBLES DE SANCION, CORRESPONDE:
a) Tomar distancia, objetivando la situación.
b) Analizar la situación conflictiva, lo que supone pensar en el contexto y en las variables que han intervenido.
c) Promover la reflexión de los interesados:
– Detallar la situación.
– Dar un espacio de participación
– Preguntar.
– Escuchar.
– Asegurar que la situación sea explicada por escrito, formulando los descargos correspondientes.
d) Garantizar el derecho de defensa y/o retractación o reparación de la ofensa.
e) Establecer si corresponde o no una sanción:
– Tipificar la falta.
– Contextualizar la falta en función de agravantes y atenuantes.
f) Explicar la decisión y su fundamento a las partes involucradas.
TIPO DE SANCIONES.
1 – Apercibimiento oral o escrito con acciones reparatorias.
2 – Suspensión temporal
3– Separación definitiva de la institución
DE LA RESOLUCIÓN DE LAS SANCIONES
Intervienen:
1.- Un directivo para recibir las presentaciones, reunir documentación y testimonios que den cuenta de la situación motivo del conflicto.
2.- Equipo de conducción para intervenir en primera instancia, delimitar responsabilidades institucionales y enmendarlas si fuera necesario, mediar entre las partes y presentar ante el CAI si correspondiere.
3.- Los miembros del CAI (o una comisión por él designada) para considerar agravantes y atenuantes y determinar si corresponde sanción y en tal caso sugerir su tipo.
4.- Dirección para aplicar sanción.
VIGENCIA
El presente acuerdo rige a partir del día 21 de octubre de 2013
Consejo Académico Institucional
17 de octubre 2013